Ejecución de los planes sectoriales de inspección ambiental. Andalucía

La inspección ambiental a través de la aplicación de sistemas, planes y programas de inspección, constituye un instrumento indispensable para la comprobación del cumplimiento de la normativa comunitaria, estatal y autonómica en materia ambiental que se aplica a las actividades que, de un modo u otro, pueden provocar efectos negativos sobre el medio ambiente.En Andalucía, la Orden de 10 de noviembre de 1999, establece los Planes de Inspecciones en materia Medioambiental. Dicha Orden regula, de forma separada, la actividad inspectora distinguiendo la de carácter genérico, realizada bajo el marco del Plan Anual de Inspecciones Medioambientales, y la inspección sectorial, específica y puntual ejecutada a través de los Planes Sectoriales de Inspecciones Medioambientales. En los últimos años, la Comisión Europea viene concediendo un papel cada vez más importante al control de las actividades a través de la inspección. En esta línea, en materia de medio ambiente industrial, la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales (prevención y control de la contaminación), incide especialmente en la necesidad de que los Estados miembros establezcan sistemas de inspección ambiental. En el ámbito de sus competencias para la vigilancia, inspección y control en materia de medio ambiente atmosférico, suelo y residuos, los Planes Sectoriales son elaborados y aprobados por el Director General de Prevención y Calidad Ambiental y ejecutados por funcionarios de las Delegaciones Territoriales, salvo el caso particular de las inspecciones a Entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental y a los sistemas integrados de gestión de residuos, que realizan funcionarios de los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. La coordinación y seguimiento de los Planes se lleva a cabo por del Servicio de Inspección Ambiental de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Los Planes Sectoriales de Inspecciones Medioambientales tienen carácter anual y son aprobados por Resolución de la Dirección General competente. Dentro del contenido de la misma se especifica en número y tipología de inspecciones a realizar a lo largo del año del Plan.

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Source https://portalrediam.cica.es/geonetwork/srv/spa/catalog.search#/home
Author Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía
Last Updated February 25, 2026, 09:59 (UTC)
Created February 25, 2026, 09:59 (UTC)
Language es
date_creation 2013-01-25
date_modified 2013-12-31
lineage 1. Fichero de la Resolución de 25 de enero de 2013 por la que se aprueba el Plan sectorial de inspecciones medioambientales correspondiente a 2013. 2. Fichero de la Resolución de 14 de febrero de 2014 por la que se aprueba el Plan sectorial de inspecciones medioambientales correspondiente a 2014.El balance de ejecución de los planes setoriales se realiza a lo largo del año de vigencia del plan. Al cierre del año civil se evalúan los datos totales finales respecto a las inspecciónes programadas ?según tipologías?, y las realmente ejecutadas, en cada provincia. La diferencia que pueda existir entre las inspecciones ejecutadas respecto a las programadas se debe a que, a lo largo del año, pueden incorporarse a la programación inspecciones inicialmente no previstas en la misma para atender a necesidades específicas.2013-12-31T00:00:00
original_license Creative Commons Attribution 4.0 International Public License (CC BY 4.0)
purpose Disponer de información de síntesis sobre el balance de ejecución de los panes sectoriales de inspecciones medioambientales, a efectos de seguimiento y difución pública de dicha información.
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