Censo de Zonas de Aguas de Baño 2025 (a nivel nacional)

Censo de Zonas de Aguas de Baño 2025. La presente versión del censo de zonas de aguas de baño se corresponde con la declarada antes del 20 de marzo de 2025 por las autoridades competentes a través del sistema Náyade al Ministerio de Sanidad en aplicación de los artículos 4 y 14 del Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño y comunicado por ese Ministerio a la Comisión Europea antes del 31 de marzo de 2025, en aplicación de la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño. Se trata de una cobertura de puntos.

Data and Resources

Additional Info

Field Value
Author Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico . Dirección General del Agua (DGA). Subdirección General de Planificación Hidrológica (SGPH)., Ministerio de Sanidad. Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación
Last Updated February 17, 2026, 13:15 (UTC)
Created February 17, 2026, 13:15 (UTC)
End of temporal extent 2025-11-01
Frequency annually
Language spa
Start of temporal extent 2025-03-20
all_emails bzn-sgph@miteco.es, agua@mscbs.es
date_creation 2025-09-18
date_modified 2025-12-03T09:24:00.652Z
lineage Censo de Zonas de Aguas de Baño 2025 oficialmente declarado a la Comisión Europea (https://cdr.eionet.europa.eu/es/eu/bwd/bwd_788/envadqm1g/) según la información declarada por las autoridades competentes a través del Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño - Náyade (http://nayadeciudadano.sanidad.gob.es).
original_license CC BY 4.0
purpose Cumplimiento de la directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006 , relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño. Cumplimiento de la Directiva 2000/60/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas mediante la incorporación de estas zonas en los planes hidrológicos de cuenca como zonas protegidas para usos recreativos (baño) Divulgación de resultados de los trabajos de implantación de ambas Directivas.
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