Mapas de Peligrosidad y de Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Segura. Ciclo 1º (2016-2021)

De acuerdo con los artículos 8, 9 y 10 del Real Decreto 903/2010, para cada Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI) se han elaborado los mapas de peligrosidad de inundación (cálculo de la zona inundable y sus calados) y de riesgo de inundación (incorporación a la zona inundable de los usos del suelo en esa zona y de los principales daños esperados), denominados MPRI. Para las inundaciones de origen fluvial se han elaborado mapas de peligro y riesgo para periodos de retorno de 10, 100 y 500 años, para las de origen marino los periodos de retorno son de 100 y 500 años.

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Field Value
Author Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente. Junta de Andalucía, Confederación Hidrográfica del Segura
Last Updated February 17, 2026, 13:48 (UTC)
Created February 17, 2026, 13:48 (UTC)
Language spa
all_emails rediam.atiende.csma@juntadeandalucia.es, segura@chsegura.es
date_modified 2025-04-25T10:38:51.409Z
lineage La metodología empleada para la elaboración de los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación es diferente según se trate de tramos fluviales o tramos de transición o costeros: En el caso de los tramos fluviales, se han seguido las pautas establecidas al efecto para todo el ámbito nacional por la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), de acuerdo con el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI). En el caso de los tramos de transición o costeros, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del MAGRAMA ha sido la encargada de su elaboración.
original_license Salvo que se indique lo contrario, los contenidos del sitio web de la Confederación Hidrográfica del Segura se publican bajo licencia Creative Commons 3.0 - Reconocimiento
purpose Cumplimiento de la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, de 23 de octubre de 2007, relativa a la Evaluación y gestión de los riesgos de inundación, y el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, que la traspone al ordenamiento jurídico español, la cuales tienen como objetivo principal reducir las consecuencias de las inundaciones sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica.
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